Ordena IEE retirar espectaculares de alcalde de Ensenada por posible acto anticipado de campaña

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Jorge Heras

MEXICALI.- La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral (IEE) ordenó retirar en menos de 48 horas los espectaculares en los que se desprenden apoyos al Alcalde de Ensenada, Armando Ayala Robles, instalados desde hace 3 semanas en Mexicali y Ensenada.

 

En la sesión de este órgano del IEE-BC celebrada el jueves 12 de noviembre, consideró procedentes las medidas cautelares solicitadas por el PAN, PRI y una ciudadana que pedían retirar los anuncios del edil de MORENA por considerarse promoción personalizada y actos anticipados de precampaña y campaña electoral.

 

Los consejeros electorales que integran esta Comisión, por unanimidad, ordenaron a los Ayuntamiento de Mexicali y Ensenada por conducto de su Presidenta y Presidente Municipal, respectivamente, lleven a cabo todas las acciones necesarias, suficientes e idóneas para retirar los anuncios referidos.

 

De igual forma declararon improcedente apercibir a Armando Ayala para que se abstenga de continuar realizando la conducta denunciada.

 

En el dictamen se establece que se notificó al Alcalde de Ensenada sobre la existencia de los espectaculares que ensalzan su imagen, mismos que fueron reconocidos en existencia y contenido por el Ayala Robles sin oponerse o deslindarse.

 

«Se considera que los actos anticipados de precampaña y campaña podrían haberse dado en la especie, toda vez que en la entidad no ha iniciado el proceso electoral y de los anuncios denunciados como arriba de expuso, se desprende que tienden a promover la imagen personal del Presidente Municipal de Ensenada, Baja California, lo que podría encuadrar en lo previsto por el inciso g) del artículo 2 del Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral en materia de propaganda institucional y político electoral de servidores públicos», sostiene el dictamen.

 

Cabe destacar que los anuncios de publicidad para los espectaculares pudieran obedecer a contratos de servicios privados, entre dos particulares: la empresa de publicidad o sindicatos que se hacen alusión en los espectaculares y los dueños de los espectaculares, su contenido fue reconocido por el alcalde denunciado, y al ser uno de los destinatarios de la prohibición contenida en el párrafo octavo del artículo 134 de la Constitución Federal, limita a Armando Ayala, en su carácter de Presidente Municipal de tener este tipo de promocionales de su imagen, pues de acuerdo a la autoridad electoral local, los funcionarios «deben ser particularmente cuidadosos al aceptar mensajes que puedan ser difundidos por cualquier medio en el caso concreto anuncios publicitarios pues pueden incurrir en la infracción a la citada prohibición».

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