Avanza en Congreso Federal reforma para que Síndicos y Regidores sean electos por separado
La iniciativa la presentó el Diputado Federal por BC, Héctor Mares
TIJUANA.- En el Congreso Federal avanza el proceso legislativo de la iniciativa de Reforma Constitucional para que los Síndicos Procuradores y Regidores de los Ayuntamientos sean electos de forma directa, destacó el Legislador e inicialista, Héctor Mares Cossío.
El Diputado Federal por MORENA recordó que dicha Reforma propone modificar el Artículo 115 en su fracción para que la Alcaldía, Sindicatura y Regidurías se elijan en boleta separada.
Explicó que el Artículo 49 de la Carta Magna establece la División de Poderes, y si bien, en la Federación y Entidades Federativas se eligen en boleta separada, no sucede en los municipios ya q se elige en Planilla. De igual manera en el tema de las candidaturas independientes hace más equitativa la participación ya q quien aspire a esos cargos solo tendría q reunir los requisitos para su candidatura y no de toda da la planilla.
Cabe recordar que en la segunda semana de marzo de este año, el Diputado Federal presentó la citada una iniciativa de reforma constitucional ante la Cámara de Diputados.
Reiteró que este tema es relevante porque implica el que los ciudadanos tengan mayor conocimiento al momento de elegir a sus representantes populares del orden municipal, sobre quienes recaen las referidas funciones y obligaciones.
Al argumentar la iniciativa, el Diputado bajacaliforniano recordó que, en México, la elección de dichos munícipes suele llevarse a cabo a través de la figura de planillas, en las que confluyen los principios de elección por mayoría relativa y representación proporcional; las que se encuentran conformadas por la candidata o candidato a la Presidencia Municipal, y un número determinado de candidaturas para la titularidad de las regidurías y sindicaturas correspondientes.
En este sentido, manifestó que son votados, y en su caso electos, las candidatas y candidatos a las regidurías y sindicaturas, de manera conjunta con la candidata o candidato a la Presidencia Municipal, conforme a los criterios técnico-electorales particulares que para tales efectos determinen las leyes locales de cada una de los estados.
Destacó que ello, suele propiciar que la ciudadanía lleve a cabo el acto del sufragio teniendo presente, y con conocimiento principalmente, de quien aspira a ocupar la Presidencia Municipal (lo que coincide con el desarrollo de las campañas electorales municipales), mas no del resto de munícipes que eventualmente conformarían el Ayuntamiento en cuestión.
Las implicaciones de lo anterior no son menores, ya que esto se traduce en que la elección de los integrantes del órgano colegiado responsable de la conducción de los asuntos municipales se realiza, por lo general, a través de un proceso en el que la ciudadanía cuenta con escasa información acerca de ellos, agregó Mares Cossío.
Abundó que lo anterior, a pesar de cumplirse con la condición de que la elección se realice de manera directa, como lo establece la Constitución Mexicana y la ley reglamentaria en la materia.
Detalló que ante esta situación, se plantea realizar una modificación a la fracción I, del artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para establecer la obligatoriedad de que la votación, y en su caso elección, de cada uno de dichos munícipes, deba llevarse a cabo de manera individual, evitando de esta manera la postulación de candidatos bajo el formato de planillas, en las que se les elige de manera conjunta con las candidatas y candidatos a la Presidencia Municipal.
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