TIJUANA.- Aquellas personas que trabajan de manera independiente tienen beneficios al darse de alta en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), ya que el porcentaje de impuestos a pagar es menor, además de tener simplificaciones administrativas.
Así lo expresó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien indicó que este nuevo régimen implementado por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) puede ser una buena opción para quienes trabajan por su cuenta.
“El Resico beneficia a quienes realicen actividades empresariales o den servicios profesionales, sin la relación laboral con un patrón”, anotó.
Refirió que la actividad empresarial es la que deriva del comercio y puede ser aquella donde venden algún producto, o bien, son servicios profesionales que se ofrecen sin que haya relación laboral ni con personal contratado para ello.
Para este grupo de población, apuntó el abogado fiscalista, el RESICO ofrece una baja tasa de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y se realiza con base en flujo de efectivo, es decir, lo efectivamente pagado y cobrado.
Agregó que para aquellos trabajadores independientes que facturen menos de 3.5 millones de pesos al año es aconsejable darse de alta o cambiarse a este nuevo régimen.
Explicó que el ISR no es un impuesto fijo y varía entre el 1.92% y 35%, como persona física con actividad empresarial, sin embargo, para una persona dada de alta en el RESICO, este porcentaje podrá ser de entre el 1% y 2.5%, dependiendo de los ingresos anuales.
“Además, el RESICO permitirá combinar ingresos por actividades como trabajador independiente con ingresos como asalariado, arrendatario, o ingresos por intereses”, anotó Pickett Corona.
Tal es el caso cuando se es empleado de una empresa y se recibe un sueldo; si se reciben ingresos por intereses de una inversión en una activo como Cetes o acciones; si se reciben ingresos por la renta de una propiedad.
“Con la implementación del RESICO, el SAT busca facilitar a los contribuyentes la declaración de impuestos y el manejo de sus actividades contables, sin embargo, no estar en el régimen adecuado podría traer serias consecuencias en el pago de los impuestos”, concluyó el abogado fiscalista.
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