MEXICALI.- En Sesión Ordinaria del Pleno del Congreso estatal de este jueves, fue presentado y aprobado por unanimidad de los presentes, el dictamen número 59 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, respecto a la iniciativa de la diputada Alejandra María Ang Hernández, por la cual se reforma la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California, para la implementación de herramientas tecnológicas en las actividades de fiscalización.
La diputada Alejandra María Ang Hernández, fue la encargada de dar lectura al dictamen de la Comisión dictaminadora, donde se advierte de manera clara, que la propuesta formulada por la inicialista, encuentra amparo en lo previsto por los artículos 39, 40, 41, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que se considera jurídicamente procedente la reforma planteada.
La iniciativa de reforma a los artículos 5, 24, 64, 65 y 94 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California artículos 5, 24, 64, 65 y 94 artículos 5, 24, 64, 65 y 94 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Baja California de los numerales 24 Bis y 24 Ter, del mismo ordenamiento, es con el propósito de fortalecer los procesos jurídicos de fiscalización de la cuenta pública, a partir de la incorporación de elementos tecnológicos y la habilitación de un Buzón Digital.
Es importante mencionar que este avance normativo, ha tenido réplica en el orden de lo local, y que se realizaron reformas para salvaguardar los mismos principios, por tanto, esta iniciativa es acorde a esta tendencia y se apega a los criterios del Sistema Nacional de Fiscalización, sobre todo en el fortalecimiento de las potestades y autonomía en las decisiones del órgano fiscalizador de la entidad.
Este mecanismo fortalece la rendición de cuentas, además revitaliza un proceso innovador que estaba pendiente de integrarse, como es el reconocimiento y posibilidad de emplear tecnologías para atender las auditorías y actos de la Auditoría Superior del Estado (ASE), aspecto que promueve la diputada Ang Hernández.
Resultan relevantes los artículos transitorios de la presente reforma, porque es necesaria la adecuación legal a la Ley Orgánica del Poder Legislativo de Baja California, sobre el aspecto que plasma en su transitorio quinto, y sobre la firma electrónica de este Poder del Estado, asimismo se respeta la autonomía normativa del ente fiscalizador por lo que hace a la parte técnica de la implementación de esta reforma.
En suma, el documento indica que la propuesta que impulsa la legisladora morenista, es acorde a derecho, también al marco regulador e innovador de la fiscalización de las cuentas públicas, motivo apto y suficiente para declarar la procedencia jurídica de la reforma, por lo que entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Baja California.
En el mismo sentido, las disposiciones previstas en el Articulo 24 TER de la presente Ley, relativas al “sello digital de tiempo» previsto en la fracción IV y la «firma electrónica avanzada amparada por un certificado vigente” prevista en la fracción VI, entrarán en vigor dentro de un plazo de trescientos sesenta y cinco días naturales, contados a partir de la entrada en vigor de las presentes reformas.
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