MEXICALI.- El diputado coordinador de la fracción de MORENA, Juan Manuel Molina García, dijo que las personas que acudieron a manifestarse al Congreso, deben de hacerlo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), ya que esta autoridad resolvió que no se pueden restringir la modificación de las actas de nacimiento en el tema de identidad de género solamente para las personas mayores de 18 años.
“No veo al grupo de manifestantes en las puertas de la Suprema Corte, es una corte que ellos dicen defender, pero ahora que no les conviene ni siquiera la mencionan”, sostuvo el congresista.
El Dictamen 43 que se aprobó en la Comisión de Igualdad de Género, atiende a una iniciativa ciudadana vinculada a la resolución de la SCJN, en donde se determina la ampliación del espectro de aplicación de la norma, para no prohibir el derecho de cambiar de género en las actas de las niñas, niños y adolescentes, esto a raíz también de las acciones de inconstitucionalidad presentadas por la Comisión Nacional de Derechos Humanos y la símil de Baja California.
Molina García precisó la Corte estableció un procedimiento en el cual se escucha la opinión de las y los menores, y donde participan también sus padres o tutores, así como la procuraduría para la defensa de los menores, para poder hacer los cambios necesarios.
En la Sesión de la Comisión de Género celebrada el día de ayer, se escucharon varios testimonios de personas de la comunidad de la diversidad sexual, mismas que manifestaron las limitaciones que vivieron al no ser reconocidos sus derechos de identidad.
“Lo que no quieren reconocer ciertos grupos, es que los integrantes de la comunidad LGBTQIA+, son personas con sentimientos, y cuando no pueden manifestarlos desafortunadamente hay suicidios, muchas veces ocasionados por que la familia oculta sus preferencias, por lo que con este tipo de reformas se salvan hasta vidas”, declaró el legislador.
Ante especulaciones de un sector de la sociedad que advierte sobre mutilaciones, Juan Manuel Molina recalcó que en ninguna parte de la reforma se menciona que para el cambio de identidad se tiene que acreditar un procedimiento hormonal o de alguna modificación en el cuerpo, lo único que será exigible es la manifestación de el género con el cual se identifica.
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