MEXICALI.- El Pleno de la XXV Legislatura aprobó el Acuerdo No. 2 y el Dictamen No. 2 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales; con dispensa de trámite reglamentario, los cuales tienen que ver con una Magistratura Supernumeraria vacante y con la apertura del procedimiento constitucional para la designación de una Magistratura Numeraria, del Tribunal Superior de Justicia de Baja California (TSJBC).
El diputado presidente de la Comisión de Gobernación, Juan Manuel Molina García, explicó desde la tribuna que la urgencia de estos temas radica en que el acuerdo aclaratorio sobre la prelación para la designación de Magistraturas Supernumerarias, se debe a que una Magistrada titular esta incapacitada y además ha solicitado su retiro anticipado.
En ese sentido el Acuerdo No. 2 señala que el orden de prelación de las magistraturas supernumerarias se mantiene igual al publicado en el Periódico Oficial No. 61 en fecha 13 de diciembre de 2019, con las siguientes nuevas designaciones: 1. Lic. Ana María Elías González Rosas, al haberse designado para cubrir la plaza de la Lic. Karla Patricia Amaya Coronado; 2. Vacante; 3. Lic. Juan Salvador Morones Pichardo, al haberse designado para cubrir la plaza de la Lic. María Dolores Moreno Romero.
Respecto al Dictamen No. 2, este incluye que se tiene por presentada y aceptada la solicitud de retiro voluntario de la Lic. Olimpia Ángeles Chacón al cargo de Magistrada Numeraria del TSJBC, a partir del día 16 de diciembre del año en curso.
Molina García aprovechó la ocasión para recordar la destacada trayectoria de la licenciada Olimpia Ángeles Chacón, la cual dio inicio en 1995 y que incluye roles desde secretaria mecanógrafa hasta Magistrada, con un prestigio reconocido en el mundo jurídico. “Aunque respetamos su decisión lamento que no pueda seguir contribuyendo a la administración de justicia, le deseamos éxito y reconocemos su valiosa labor en la justicia en Baja California”.
Como consecuencia de la aprobación de ambos asuntos se notificará al presidente del Tribunal Superior de Justicia sobre la determinación realizada para que se inicien los trámites correspondientes. Cabe hacer mención que de conformidad al artículo 27, fracción XVII, de la Constitución Local, es facultad del Congreso del Estado de resolver las renuncias y remociones de los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia y de los Consejeros de la Judicatura.
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