Pide CEDHBC a Cesispe brindar atención medica adecuada a PPL

MEXICALI.- La Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California (CEDHBC) emitió la Recomendación 11/2023, dirigida a la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario (Cesispe), por la vulneración al derecho a la salud, la integridad personal y a la vida, por la falta de diagnóstico y tratamiento oportuno en perjuicio de V, quien se encontraba privado de la libertad en el Centro de Reinserción Social (Cereso) “El Hongo”.

A continuación, se hace una breve narración de los hechos:

El 7 de mayo de 2018, la CEDHBC inició Queja derivado de la llamada telefónica de la esposa de V (de ahora en adelante VI1), a través de la cual informó a este Organismo Estatal sobre hechos relacionados con la falta de atención médica para su esposo, que se encontraba privado de la libertad en el Cereso “El Hongo”.

Al día siguiente, V acudió al área médica del centro penitenciario, donde se determinó que debía recibir valoración médica de segundo nivel, por lo que al día siguiente fue excarcelado al Hospital General de Tijuana y ese mismo día fue dado de alta por el nosocomio.

El 16 de mayo de 2018, V informó a la CEDHBC que presentaba constantemente dolores de cabeza, fatiga, mareos y vómito desde hace meses y que solamente recibía medicamento para el dolor por parte del área médica del Centro Penitenciario.

El 10 de junio de 2018, el doctor AR2 señaló en la nota médica que había una probabilidad muy alta de que la víctima estuviera simulando sus padecimientos, sin embargo, luego de observar el estado de salud en el que se encontraba la V y el rápido deterioro de la misma, el 3 de julio de 2018, la Comisión Estatal emitió Medidas Cautelares dirigidas al titular de la Comisión del Sistema Estatal Penitenciario, a fin de garantizar que se le brindara la atención médica y el tratamiento oportuno a V.

No obstante, el 3 de julio de 2018, V fue declarado clínicamente sano por el doctor AR2, adscrito al Centro Penitenciario “El Hongo” y, el 7 de julio de 2018, la V falleció.

De acuerdo con el certificado de necropsia legal elaborado el 9 de julio de 2018, V presentaba múltiples equimosis y una herida con un punto de sutura en la región de la ceja derecha, calificada como no reciente por el médico legista; asimismo, se determinó como causa de la muerte anoxemia por broncoaspiración secundaria a tromboembolia pulmonar.

Por lo anterior, la Recomendación 11/2023 incluye los siguientes puntos recomendatorios dirigidos a la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario: Realizar las gestiones para localizar a la esposa y la madre de V para que les sea otorgada la atención psicológica o psiquiátrica que requieran; brindar apoyo y asistencia para que tengan acceso al Registro Estatal de Víctimas, en coordinación con la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención Integral a Víctimas, a fin de que se les brinden los servicios necesarios para reparar de manera integral el daño; impartir un curso teórico y práctico a todo el personal médico adscrito a la Comisión Estatal del Sistema Penitenciario sobre la sentencia del caso Chinchilla Sandoval y otros vs. Guatemala; convocar al personal adscrito a las diversas áreas que pertenecen a la organización interna de la Cesispe para implementar una mesa de trabajo para la elaboración de un protocolo o norma técnica que establezca un mecanismo de atención, seguimiento y supervisión de las medidas cautelares emitidas por la CEDHBC u otros organismos con competencia para hacerlo; publicar la Recomendación 11/2023 en el portal institucional hasta su total cumplimiento; anexar las copias del pronunciamiento en el expediente laboral de las personas servidoras públicas involucradas; designar a una persona que funja como enlace entre Cesispe y la CEDHBC; entre otros.

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