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AL RESCATE DE LOS ANIMALES
Por Francisco Ruiz
El 5 de febrero de 2024 (día inhábil, por cierto), la consejera jurídica de la Presidencia de la República remitió las 18 iniciativas de reforma a la Constitución Política y las dos a leyes secundarias, al despacho de la secretaria de Gobernación. Horas más tarde, la titular de la SEGOB hizo llegar “…el original del comunicado signado por el Presidente (sic) de la República, Licenciado (sic) Andrés Manuel López Obrador…”, a la diputada presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXV Legislatura del Congreso.
Los proyectos de reforma enviados por el presidente López Obrador son muy amplios, abarcan temas como: el derecho a la alimentación, ambiente sano y derecho al agua; protección y cuidado de los animales; Guardia Nacional; protección de la salud por el uso de sustancias tóxicas; penal; pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos; bienestar; austeridad republicana y remuneraciones de personas servidoras públicas; salarios; atención médica integral, universal y gratuita; electoral; directamente a los artículos 123 y 28 constitucionales; industrias estratégicas del Estado; Poder Judicial; vivienda para todas las personas trabajadoras, y simplificación orgánica.
La iniciativa del Ejecutivo federal con proyecto de decreto, por el que se reforman los artículos 3o., 4o. y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de protección y cuidado animales (sic), fue publicada en el Anexo 2 de la Gaceta Parlamentaria número 6457-2, en la misma fecha. En dicho documento, la iniciativa presidencial refiere a manera de antecedente a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente de 1988, así como las reformas a dicha ley, publicadas en 1996 y 2021.
El proyecto también alude a la Ley General de Vida Silvestre del año 2000, la cual se reformó en 2013 y en 2015. Por último, la Ley Federal de Sanidad Animal que se promulgó en 2007; además del Código Penal Federal y los 31 locales, además de las legislaturas estatales. Prácticamente todas las normas jurídicas aplicables coinciden en la clasificación de los animales: domésticos, de compañía, ferales, silvestres, vertebrados, en peligro de extinción, para consumo humano, marinos, e insectos.
En su exposición de motivos, la iniciativa señala que, en 2021, el 85.7% de los encuestados ha hecho algo para evitar el sufrimiento animal y cuidar el medio ambiente. El 69.8% de los hogares cuentan con mascotas, concentrándose la mayor parte en Campeche con el 71%, y la menor en la capital del país con el 61.4%. Por su parte, el Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistemas Penitenciarios Estatales de 2020 declaró que el 13% de las faltas relacionadas con el maltrato animal fueron por golpes o mutilaciones.
Por eso y muchas cosas más (como dice la canción), la propuesta que ya se encuentra siendo analizada por el Congreso federal, contempla que los programas de estudio incluyan el cuidado de los animales. También aspira a garantizar la protección, tratado adecuado, conservación y cuidado animal de acuerdo con la naturaleza, características y vínculos con las personas. Dicha reforma deberá de acompañarse por la Ley General de Protección y Cuidado de los Animales, posteriormente.
Lo anterior es una muestra de que la ley debe de ser un reflejo de la sociedad y responder a las nuevas realidades de los mexicanos. Los fenómenos de la naturaleza, incluido el clima, tienen repercusiones directas en la cotidianidad de las personas. Por ello, es necesario analizar a la flora y fauna de nuestro país desde una perspectiva más amplia, más allá de lo ornamental. Eso sí, se requiere de estudios profundos, serios y argumentos sólidos.
Post scriptum: “El Hombre es un animal político”, Aristóteles.
*El autor es escritor, catedrático, doctor en Derecho Electoral y asociado del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP).
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