Sensei acusado de pederastia busca enfrentar juicio en libertad
Juez de Distrito del Poder Judicial de la Federación emitió suspensión provisional de prisión preventiva para cambiar medidas cautelares este lunes 15 de febrero.
Por Antonio Heras / Lindero Norte
Mexicali, BC.- Un hombre acusado de pederastia y pederastia agravada contra una niña que fue su alumna de judo en la Ciudad Deportiva de Mexicali solicitó una audiencia para cancelar la prisión preventiva oficiosa y obtener nuevas medidas cautelares para enfrentar su juicio en libertad.
Se refiere a un delitos graves que constituyen una violación a los derechos de niñas, niños y adolescentes que lo comete quien se aproveche de la confianza, subordinación o superioridad que se tiene contra un menor de 18 años derivada de una relación incluida la docente, que ejecute cualquier acto sexual, con o sin consentimiento. Según el Código Penal su penalidad oscila entre los 25 a 40 años de prisión además de multa.
Francisco Adolfo QG obtuvo de un juzgado federal la suspensión 187/2025-4A de la prisión preventiva oficiosa por este delito que se le imputa desde diciembre de 2023 para que declare improcedente esta medida cautelar emitida el 17 de enero de 2025 dentro de la causa penal 10085/2023, abra el debate y determine en consecuencia.
El juez de Control del Partido Judicial en Mexicali, Salvador Morones, estableció la limitante de fijar la prisión preventiva oficiosa, «sin que ello impida imponer prisión preventiva pero justificada».
El Centro de Defensoría Técnica en Derechos Humanos dio a conocer la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la prisión preventiva oficiosa y de la reforma mexicana donde se establece la prisión preventiva obligatoria o justificada en tratándose de casos graves, como el de delitos sexuales contra menores de edad.
Por ello, sostuvo la abogada Sandra Esquer, es responsabilidad del Ministerio Público sustentar y solicitar al juez la prisión justificada cuando existe un riesgo de daño a la víctima, en ese caso a la niña o a testigos ante un riesgo por mínimo que sea, incluido que huya y se sustraiga del proceso penal.
Entonces en este caso ya no se trata de prisión oficiosa ni justificada sino obligada del imputado, advirtió la jurista.
El abogado Esteban Yañez, también del CDTDH, consideró que en la audiencia anterior, el juez no realizó un debate entre la defensa y el fiscal para determinar la medida cautelar a aplicar.
Explicó que la medida cautelar, según el artículo 155 y 156 del Código Nacional de Procedimientos Penales, va de la mínima que obliga al imputado a presentarse de forma periódica y la máxima a la prisión preventiva, ya sea justificada u oficiosa.
Reiteró que en 2023 el gobierno de México fue condenado mediante sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a inaplicar la figura de la prisión preventiva oficiosa, es decir que puede aplicar cualquier medida cautelar, siempre y cuando entre al debate y la necesidad proporcional de aplicarla, incluso la prisión preventiva, mediante el estudio para no violentar el derecho humano de de contradicción, legalidad y audiencia.
Ante el amparo que le concedió el Juzgado de Distrito a Francisco Adolfo QG, el juez Morones programó la restitución de la audiencia para debatir sobre la medida cautelar y dar parte al Juzgado de Distrito del acatamiento de su instrucción.
Trascendió que la defensa del imputado advirtió que el juez no aplicó el principio de convencionalidad, lo que provocó pedir al juez de Distrito la suspensión de la medida cautelar.
Además buscará establecer en esta nueva audiencia que el imputado no representa un riesgo para nadie, tiene arraigo en la ciudad con domicilio, lazos familiares y empleo que le impiden sustraerse para que le concedan una medida diferente y con ello la libertad, a partir de la firma periódica, restricción del domicilio, alguna garantía económica, cursos, terapias o talleres.
Historia e ignominia
El desvanecimiento durante un entrenamiento de la menor de edad, integrante del equipo de judo del Instituto del Deporte y Cultura Física, alertó a la familia de la agresión sexual del que fue víctima durante al menos tres años en las instalaciones del gobierno de Baja California.
Se trata de una atleta de alto rendimiento dedicada al judo, a su formación académica y a la convivencia familiar.
La madre de la víctima y de otras atletas encararon al sensei, quien optó por huir de su centro de trabajo.
Se presentó la denuncia ante la Fiscalía General de Baja California por la agresión sexual de Francisco Adolfo QG contra la niña deportista pero solo se obtuvo un protocolo de búsqueda como persona no localizada.
Ante la inacción de la FGE y del INDEBC, a cargo en ese entonces del exboxeador Erick Moreles, la madre de la víctima hizo sus propias indagatorias para localizarlo como profesor de educación física en una escuela de educación básica de Mexicali.
Al trascender esa información, el secretario de Educación Luis Gallego dijo que se aplicó el protocolo para darlo de baja.
En octubre de 2024 se judicializó el caso de la atleta de judo por lo que en enero de 2025 el juez local dictó la prisión preventiva.
Este lunes 17 de febrero se celebrará la audiencia de revisión de medidas cautelares de este sensei acusado de pederastia y pederastia agravada.
Los comentarios están cerrados.