TIJUANA.- Queremos aprovechar esta oportunidad para pronunciarnos sobre la publicación realizada el día 15 de
junio de 2021, en el medio informativo Agencia Fronteriza de Noticias (AFN por sus siglas), y aclarar a la
ciudadanía la realidad sobre la pretensión de iniciar operaciones en la ciudad por parte de la empresa
Blue Propane.
En primer orden, si bien es cierto que la Sala Auxiliar del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa del
Estado de Baja California se acaba de pronunciar al resolver los diversos juicios contenciosos promovidos
por la empresa Blue Propane en contra de las resoluciones por medio de las cuales se dejaron sin efecto
los usos de suelo, por haberse emitido estos cuando existía una moratoria para la expedición de los
referidos permisos para estaciones de carburación de Gas L.P., aprobada en sesión de Cabildo del
Ayuntamiento de Tijuana, Baja California, celebrada el 1 de noviembre de 2016; también cierto resulta
que, dichas sentencias no se encuentran firmes, al haberse interpuesto en su contra recurso de revisión,
mismo que deberá ser resuelto por el Pleno del Tribunal antes mencionado, estimando que existen
muchos elementos para considerar que dichas sentencias serán revocadas por el Pleno del Tribunal
mencionado, ello una vez que se han delatado y evidenciado flagrantes violaciones al debido proceso.
Adicionalmente, es menester señalar que sobre una de las estaciones, la ubicada en el fraccionamiento
Urbi Villa del Prado, se tramitó y resolvió un Juicio de Amparo Indirecto, identificado con el número
669/2019-III, del índice del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Amparo y Juicios Federales en el
Estado de Baja California, en el que se concedió el amparo y protección de la Justicia Federal a los
impetrantes de garantías, para el efecto de que la Dirección de Administración Urbana, a través del Jefe
del Departamento de Uso de Suelo y el Subdirector de Control Urbano dejaran sin efecto todo lo actuado
en el procedimiento administrativo 1465/2017, incluyendo las autorizaciones en materia de uso de
suelo, así como la licencia de construcción, sentencia que fue declarada ejecutoriada para todos los
efectos legales el 18 de diciembre de 2019 y por cumplido dicho fallo el 28 de febrero de 2020.
En ese mismo sentido, sobre las diversas estaciones ubicadas en las colonias Loma Dorada y el Tecolote,
de esta ciudad, la Dirección de Administración Urbana del Ayuntamiento de Tijuana, se encuentra
acatando en la actualidad la suspensión definitiva concedida dentro de los Juicios de Amparo Indirecto
27/2019-I y 303/2019, radicados en los Juzgados Quinto y Tercero de Distrito en Materia de Amparo y
Juicios Federales en el Estado de Baja California, respectivamente, cuyos efectos obligan a la referida dependencia municipal a vigilar y supervisar que no se continúe con la construcción
de dichas estaciones de carburación.
Bajo este escenario, esta Administración informa que hará una revisión a fondo en los procesos internos
que se llevaron a cabo y que culminaron con la emisión y expedición a la empresa Blue Propane de los
Dictámenes de Factibilidad de Uso de Suelo especial para Estación de Carburación de Gas L.P., a efecto
de corroborar que se haya cumplido con todos y cada uno de los requisitos exigidos por ley.
Esta Administración se pronuncia a favor del surgimiento e inicio de operaciones de nuevas empresas en
la ciudad, pero siempre dentro del marco de la ley, refrendando nuestro compromiso a la ciudadanía de
no poner en riesgo su seguridad con la instalación e inicio de operatividad de forma irregular de
estaciones de carburación de Gas L.P., y así evitar futuras catástrofes.
Secretaría de Gobierno
Del XXIII Ayuntamiento de Tijuana
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