TIJUANA.- De acuerdo con las inquietudes que han surgido para los empresarios que tienen nómina respecto al Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), se mencionan una serie de puntos a tomar en cuenta para estar en cumplimiento.
De acuerdo con el Dr. Octavio de la Torre de Stéffano, presidente del corporativo TLC Asociados, mencionó que, en primera instancia, la E.firma es necesaria para iniciar el trámite de registro ante el REPSE.
«Para iniciar el trámite es indispensable contar con la e.firma vigente conformada por los archivos .key y .cer e ingresar la contraseña; las personas físicas o morales que no cuenten con la e.firma vigente no podrán realizar el trámite», comentó.
Las personas físicas o morales de reciente creación tendrán que ir a las oficinas del SAT (Servicio de Administración Tributaria), mediante previa cita, para la generación de la e.firma, aunque se debe tener en cuenta que actualmente hay una escasez de citas debido a la pandemia, por lo cual se deberá estar ingresando constantemente al portal.
«Si eres una persona física que ya ha tenido e.firma y ésta se encuentra próxima a vencer puede renovarla mediante el programa certifica, y si la e.firma ya se encuentra vencida puedes renovarla mediante SAT ID», detalló De la Torre.
Lo anterior, dijo, siempre y cuando la misma no tenga más de un año vencida o no haya sido restringida por algún supuesto del artículo 17-H del Código Fiscal de la Federación, pues esta renovación solo la puede realizar el propio contribuyente porque pide cierta documentación para acreditar la autenticidad de la persona.
La persona que se encuentra solicitando la e.firma por medio del aplicativo SAT ID acreditará su personalidad mediante la INE, explicó el abogado fiscalista, además de un video generado dentro de la misma aplicación.
«El que el contribuyente acredite su personalidad utilizando SAT ID se considerará que el contribuyente compareció personalmente ante el SAT para acreditar su identidad», anotó.
Por otra parte, para personas morales también se tiene la facilidad de la renovación de la e.firma antes de que ésta venza por medio del programa certifica, o bien, mediante el siguiente link cuando la misma no tiene más de un año vencida: https://www.sat.gob.mx/tramites/40566/solicitud-de-renovacion-del-certificado-de-e.firma-caduco-para-personas-morales.
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