Invalidan la prisión preventiva en delitos de defraudación fiscal

TIJUANA.- Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) consideraron inconstitucional la prisión preventiva oficiosa en casos de defraudación fiscal, como las llamadas empresas factureras, lo cual fue promovido por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).

Así lo indicó el Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, abogado fiscalista, quien refirió que la mayoría de los ministros señalaron la inconstitucionalidad durante la sesión del Tribunal Pleno, el pasado 25 de octubre.

«Esta fue una acción promovida por la CNDH y el Senado de la República, en contra de un decreto publicado el 8 de noviembre de 2019, por el que se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones de la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, la Ley de Seguridad Nacional, el Código Nacional de Procedimientos Penales, el Código Penal Federal y el Código Fiscal de la Federación», comentó.

Y es que en dicho decreto, agregó, se determina la prisión preventiva oficiosa en contra de delitos de contrabando, defraudación fiscal, sus equiparables y las relacionadas con la expedición, enajenación, compra y adquisición de comprobantes fiscales a las que coloquialmente se les llama empresas factureras, que a amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Los argumentos fueron que, en esta clase de delitos, se excedieron en tener calificados como amenaza a la seguridad nacional, ya que delitos como la defraudación fiscal y las factureras no atentan directamente a la seguridad nacional.

«Sin embargo, las normas imponían a esta clase de delitos la prisión preventiva de manera oficiosa, es decir, automáticamente, teniendo en cuenta solamente el tipo de delito, el cual ya estaba regulado por medio del decreto», subrayó Pickett Corona.

De esta manera, resaltó, tras la sesión, y con el análisis de los argumentos de la acción de inconstitucionalidad, la SCJN invalidó la prisión preventiva de oficio (automática) para quienes cometan delitos fiscales, defraudación fiscal, contrabando y facturación de operaciones simuladas, es decir, las conocidas como factureras.

«Ahora, y por consecuencia de lo discutido e invalidado, se deberá expedir un proyecto donde queden invalidados los preceptos de la Ley de Seguridad Nacional y del Código Nacional de Procedimientos Penales que fueron discutidos en la sesión», concluyó el abogado fiscalista.

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