Antonio Heras
MEXICALI.- El ex gobernador Jaime Bonilla Valdez violó la Constitución al utilizar recursos públicos para influir en la contienda electoral 2021, determinó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
La falta de Bonilla Valdez se realizó a través de la promoción electoral durante la ejecución de un programa social, señala el resolutivo del expediente SUP/EJ/240/2021 emitido el 1 de diciembre.
El resolutivo consideró que no existen otros elementos de tipo administrativo que obliguen a determinar el daño que ocasionó la manifestacion denunciada y en todo caso de existir se integraría a la individualización de la sanción.
El Partido Acción Nacional presentó un recurso en el Tribunal de Justicia Electoral del Poder Judicial de Baja California (TJEPJBC) contra Bonilla por un acto gubernamental en Mexicali de las «Jornadas por la Paz» en Mexicali, a la que asistió la entonces alcaldesa Marina del Pilar Ávila Olmeda, se refirió a ella como la próxima gobernadora.
El TJEPJBC, con dos de los tres magistrados designados durante gestión de gobierno del senadir con licencua, desestimó la queja al asegurar que se trató de expresiones dentro del ejercicio de la libertad de expresión de Bonilla, primer gobernador de Morena en la entidad.
Por unanimidad la Sala Superior del TEPJF resolvió que el exgobernador Bonilla Valdez violó el parrafo séptimo del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que señala que «los servidores públicos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen todo el tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.
Tambien consideró que no hubo acto anticipado de campaña de Marina del Pilar Ávila Olmeda y en el caso la responsabilidad del coordinador de Comunicación Social Juan Guizar, los magistrados señalaron que no se hizo denuncia directa en la queja inicial.
El tribunal federal instruyó al organismo local a modificar la sentencia que incluya la responsabilidad de Bonilla y le informe a mas tardar cinco días que se emita el nuevo resolutivo.
Los comentarios están cerrados.