MEXICALI.- La diputada Daylín García Ruvalcaba, presentó ante Oficialía de Partes del Poder Legislativo, iniciativa de reforma para asentar la obligación al Congreso del Estado, de publicar y actualizar en su portal de internet el registro individual de votaciones nominales y económicas dadas en el Pleno y Comisiones, denominado: “Semáforo de Votaciones”.
La inicialista hizo alusión en su exposición de motivos, al artículo 6° de la Constitución Federal, el cual reconoce como derecho humano el libre acceso a la información plural y oportuna, derecho que posee todo ciudadano a conocer, solicitar, difundir, investigar y recibir todo tipo de información pública.
“Todas las personas tienen derecho a acceder a la información que posee este H. Congreso, derecho que es fundamental para la creación de una sociedad democrática y transparente, así como un ejercicio vital para la rendición de cuentas de los órganos públicos que fortalezcan el Estado de Derecho”, comentó.
Por su parte la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Baja California en su artículo 83, dispone que el Poder Legislativo, como sujeto obligado; deberá publicar y actualizar en su portal de internet, el registro individual de votaciones en pleno y comisiones.
Al respecto Daylín García señaló que cuando la actividad parlamentaria se realiza sin transparencia, el Poder Legislativo deja de cumplir con su obligación de representar al pueblo, pues pierde la importante conexión que debe de existir entre el Estado y la sociedad; por lo que es necesario proporcionar herramientas que fomenten la participación ciudadana, para proponer, intervenir, cuestionar y dar seguimiento a las decisiones que están tomando las y los diputados.
La propuesta es que dicho semáforo de votación sea una herramienta de fácil consulta, donde el usuario pueda identificar una imagen representativa de un semáforo tradicional, que al presionarle según el color de elección (verde=a favor, amarillo=abstención, rojo=en contra) se despliegue una pantalla que arroje el dictamen, acuerdo o asunto tratado, así como la lista de las y los diputados que emitieron su votación.
Por todo lo anterior, se plantea adicionar el Capítulo Segundo del Título Octavo, así como la adición del artículo 169 BIS a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Baja California, para dejar establecida la pretensión citada.
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